COMUNICADO DE LA GUARDIA CIVIL
Estimado ciudadano:
En relación al fraude continuado vinculado a la publicación Jóvenes Escritores, y ante las numerosas comunicaciones solicitando ampliación de información, por este Grupo de Delitos Telemáticos (en adelante GDT) se informa que:
• El GDT ha trasladó la información a los Juzgados de Madrid, habiendo tocado en turno al Juzgado de Instrucción 18 de Madrid, quien instruye las Diligencias Previas 114/2011. A la vista de los hechos, y existiendo indicios de que los autores pudieran estar en Mijas (Málaga), el Juzgado está estudiando la inhibición en los Juzgados de Fuengirola (Málaga).
• Dada la pluralidad de afectados, y habiéndose interpuesto alguna denuncia, la investigación no precisa ninguna más. Recordamos que la denuncia conlleva la personación en la causa, es decir, el acudir al juzgado para los trámites procesales necesarios, lo que genera, sin duda, unos gastos superiores al importe defraudado. Si ha presentado denuncia y no desea ser citado en el procedimiento, puede informar al Juzgado directamente.
• Interesa saber si, como perjudicado, ha presentado denuncia por estos hechos en otro juzgado o cuerpo policial, al objeto de unificar los distintos procedimientos en uno solo.
• De las investigaciones realizadas por este GDT se ha podido conocer un listado de afectados por el fraude. No existe certeza del que el listado esté completo, por lo que no se descarta que haya más afectados. Además, de algunos de los afectados no se conocen los datos de correo electrónico. Por ello, si usted conoce a otros afectados de este delito, rogamos le transmita este mensaje. Por este mismo motivo, también difundimos el mensaje a los colegios.
• La Ley de Enjuiciamiento Criminal, establece la obligación de informar al ofendido de los derechos que le asiste para mostrarse parte en el proceso y a renunciar, o no, a la reparación del daño o indemnización del perjuicio causado. Que un ofendido decida no mostrarse parte en el procedimiento, no significa que renuncie a la reparación o indemnización que en su caso pudiera acordarse en sentencia firme. La renuncia ha de ser de forma expresa y terminante. Igualmente, por el mero hecho de ser ofendido o perjudicado del delito, sea o no parte, le será comunicada, por escrito, la sentencia.Esta obligación de informar, que exige la ley, se lleva a cabo a través del Acta de Ofrecimiento de Acciones. Su firma significa que se da por informado. No supone que se muestre parte del proceso, ni que será llamado a declarar, ni que tendrá que asistir a juicio, ni que tenga algún coste procesal. Sólo significa que ha sido informado de estos derechos.
• Si usted no ha recibido los anteriores mensajes o los ha borrado y quiere firmar el Acta de Ofrecimiento de Acciones y entregarla en un Cuartel, puede obtenerla en Acta de ofrecimiento de acciones. Recuerde que debe acreditar su identidad, para tener certeza de que es usted quien la firma. No puede ser entregada por terceros ni remitida por correo postal. Si así lo ha hecho, el Acta no tiene validez.
• Aprovechamos para pedir disculpas por alguna queja recibida por la práctica poco correcta de algún miembro de la Guardia Civil a la hora de recibir el Acta, achacable las más de las veces a la escasa experiencia en el ámbito de la investigación penal, reservada a unidades de policía judicial.
• Si algún ofendido quisiera mostrarse parte del proceso, podrá hacerlo poniéndose en contacto con el Juzgado directamente.
• Los ofendidos en este fraude son los padres que han abonado una cantidad por la compra de unos libros que no han recibido. Los colegios a través de los que se ha difundido el mensaje del concurso y la posterior publicación de los libros, han sido instrumentos del engaño, utilizados por los defraudadores. Los colegios NO tienen ninguna responsabilidad en el fraude, y tampoco son víctimas del fraude. Si quisieran, podrían iniciar otro procedimiento penal por otro tipo de delito contra la imagen de su institución, pero no por el fraude cometido.
• En anteriores comunicaciones se solicitó su colaboración para verificar la información disponible. Hemos recibido multitud de respuestas remitidas por alguno de los progenitores, que no podemos vincularlos a ningún menor. Este GDT dispone de información incompleta de las víctimas. En algunos casos solo tenemos el nombre de un progenitor o tutor, y la comunicación la ha remitido el otro progenitor o tutor. Igual ha ocurrido con el Acta de Ofrecimiento de Acciones, que ha sido firmada y entregada por el otro progenitor, lo que nos está generando problemas en la investigación.
Por todo ello, hemos creado un formulario online para que los afectados nos confirmen la información que tenemos y para establecer un canal de comunicación para que el órgano judicial pueda informar del resultado de la investigación y de la sentencia que en su momento se imponga.
Esta información está vinculada a un identificador único para cada víctima que deberán poner en el formulario. Su identificador es ............... (cada afectado tiene el suyo y está comunicado por correo electrónico)
Si le queda alguna duda, puede hacérnosla llegar a través del formulario, en el apartado Otros datos.
Agradeciendo su segura colaboración, reciba un cordial saludo.
Agradeciendo su segura colaboración, reciba un cordial saludo.
Grupo de Delitos Telemáticos
UNIDAD CENTRAL OPERATIVA
GUARDIA CIVIL
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